Exoneración contributiva del CRIM: quién califica y requisitos
Reduce legalmente la contribución sobre tu propiedad si el inmueble constituye tu residencia principal o si eres veterano en Puerto Rico.
1. Exoneración de vivienda principal (hasta $15,000 de tasación)
El Código Municipal de Puerto Rico dispone que toda persona natural propietaria de una estructura residencial que constituya su residencia habitual y permanente tiene derecho a una exoneración de hasta $15,000 de tasación catastral.
Dado que la tasa impositiva se calcula sobre el valor catastral neto (y este suele ser considerablemente inferior al valor de mercado), en muchas residencias de interés social o valor modesto esta deducción de $15,000 resulta en una factura de contribución de $0.00 dólares o en una reducción muy sustancial.
2. Exención para veteranos (hasta $50,000 de tasación)
Los veteranos de las Fuerzas Armadas debidamente acreditados con separación honorable disfrutan de una exención contributiva de hasta $50,000 sobre el valor de tasación catastral de su residencia principal. Los veteranos con incapacidad relacionada al servicio militar pueden calificar para exención total permanente previa certificación del Departamento de Asuntos de los Veteranos (VA).
Requisitos y documentos para radicar la exoneración
Dónde y cuándo presentar la solicitud
La solicitud de exoneración debe presentarse preferentemente en la oficina regional del CRIM correspondiente a tu municipio dentro de los primeros 30 días tras la compra de la propiedad, o a través de las opciones habilitadas en el portal de servicios Mi CRIM.
Preguntas frecuentes
Información verificada y transparencia editorial
Compromiso con el rigor informativo y las fuentes oficiales de Puerto Rico
Fuentes oficiales consultadas para esta guía:
- Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020) — Libro VII, Artículos sobre exoneración de vivienda principal y veteranos
- Portal Institucional del CRIM — Formularios — Descarga del Formulario AS-38 de Solicitud de Exoneración
- Departamento de Asuntos del Veterano de Puerto Rico — Certificaciones para beneficios contributivos de veteranos
La exoneración solo aplica a una sola propiedad que constituya tu residencia principal permanente.
Aviso de independencia: CertificaPR es un portal informativo independiente no afiliado al CRIM ni al Gobierno de Puerto Rico. Los requisitos, aranceles, formularios, fechas límite y procedimientos pueden ser modificados por el organismo oficial. Confirma siempre la información final y realiza tus gestiones a través de los canales oficiales del CRIM. Si detectas alguna discrepancia, puedes notificárnoslo mediante nuestra política de correcciones.
¿Cuál es tu siguiente paso?
Confirma el valor catastral de tu propiedad antes de solicitar tu exoneración.